Jue. Abr 25th, 2024

En Zamora, obtiene FGE fallo condenatorio contra Francisco G., responsable en el homicidio de una mujer

**Durante el ataque perpetrado en el año 2020, en la colonia Revolución, tres menores de edad resultaron heridos.   

Zamora, Michoacán, a 30 de marzo de 2022.- La Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) obtuvo de un Tribunal de Enjuiciamiento, fallo condenatorio en contra de Francisco G., al acreditar su responsabilidad en los delitos de Homicidio Calificado y Lesiones, cometidas en agravio de una mujer y tres menores de edad.
En su momento, Francisco G., fue detenido en cumplimiento a una orden de aprehensión, al existir datos de prueba de lo vinculaban en la privación de la vida de María P.; durante el ataque perpetrado el 13 de julio, también lesionó a tres menores de edad.
Con relación a lo ocurrido se estableció que el día en referencia, las víctimas se encontraban por fuera de un domicilio ubicado en la colonia Revolución, cuando en un momento determinado llegó el imputado a bordo de una motocicleta de la marca Italika; ahí en complicidad con otra persona accionó armas de fuego en contra de María P., provocándole heridas que le causaron la muerte; en el lugar se encontraban tres menores que resultaron heridos.
De estos hechos tuvo conocimiento la Fiscalía Regional que dio inicio con las investigaciones, las cuales permitieron establecer la posible relación del imputado en los hechos, y de quien solicitó orden de aprehensión que fue obsequiada y cumplimentada por personal de la institución.
Una vez que se desahogaron cada una de las pruebas presentadas por la Fiscalía, un Tribunal de Enjuiciamiento emitió sentencia condenatoria en contra de Francisco G., por lo que será en próximas horas cuando se lleve a cabo la audiencia de individualización de la pena.

**Esta plataforma de comunicación tiene fines exclusivamente informativos y ha sido modificada temporalmente con motivo del proceso de revocación de mandato en cumplimiento a lo ordenado en los artículos 35, facción IX, numeral 7 y 134 párrafos séptimo y octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y artículo 33, párrafos quinto y sexto de la Ley Federal de Revocación de Mandato.**   

Print Friendly, PDF & Email